Bono 14: qué es, cuándo se paga y cómo se calcula en Guatemala
Aunque mucha gente lo llama «el otro aguinaldo», el Bono 14 es una prestación independiente, con su propia ley, su propio período de cómputo y su propia fecha de pago. Confundir ambos calendarios es uno de los errores más caros al revisar una liquidación.
Contenido
Qué es el Bono 14
Su nombre oficial es Bonificación Anual para Trabajadores del Sector Privado y Público, creada por el Decreto 42-92 del Congreso de la República. Popularmente se le conoce como Bono 14 porque, sumado a los doce sueldos del año y al aguinaldo, representa el decimocuarto salario que recibe el trabajador.
Equivale al cien por ciento del salario ordinario mensual devengado por el trabajador en el año, y le corresponde a toda persona con relación laboral vigente, tanto en el sector privado como en el público. Al igual que el aguinaldo, es un derecho irrenunciable: no puede pactarse su eliminación ni cambiarse por otro beneficio.
La base de cálculo es el salario ordinario. La bonificación incentivo del Decreto 37-2001 queda fuera, de modo que quien gana Q4,000.00 más Q250.00 de bonificación recibe un Bono 14 calculado sobre Q4,000.00.
Período de cómputo y fecha de pago
El período del Bono 14 va del 1 de julio de un año al 30 de junio del siguiente. El pago debe realizarse durante la primera quincena del mes de julio, en una sola exhibición y en efectivo.
Esto significa que el Bono 14 que recibiste en julio de 2026 remunera el trabajo realizado entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026. Si tu relación laboral terminó en marzo de 2026, te corresponde el proporcional contado desde el 1 de julio de 2025 hasta la fecha de salida.
Cuando la empresa incumple la fecha de pago, el trabajador puede denunciar el hecho ante la Inspección General de Trabajo, que puede imponer sanciones económicas al empleador además de exigir el pago.
Cómo se calcula el proporcional
Bono 14 proporcional = (Salario mensual ÷ 365) × días laborados desde el 1 de julio
Veamos un caso concreto. Karla gana Q5,200.00 mensuales y su último día de trabajo fue el 31 de marzo de 2026. Desde el 1 de julio de 2025 hasta esa fecha transcurrieron 274 días. El cálculo queda así: (5,200 ÷ 365) × 274 = Q 3,903.01.
Si el salario varió durante el período, se toma el promedio de los sueldos ordinarios devengados en esos doce meses. Cuando hay comisiones, horas extras habituales u otros pagos variables que forman parte del salario ordinario, conviene reunir las boletas de pago del período completo antes de calcular.
Bono 14 frente a aguinaldo: tabla comparativa
| Aspecto | Bono 14 | Aguinaldo |
|---|---|---|
| Ley que lo regula | Decreto 42-92 | Decreto 76-78 |
| Período de cómputo | 1 de julio al 30 de junio | 1 de diciembre al 30 de noviembre |
| Fecha de pago | Primera quincena de julio | 50% en la primera quincena de diciembre y 50% a más tardar en la segunda quincena de enero |
| Monto por año completo | Un salario mensual | Un salario mensual |
| Forma de pago | Una sola exhibición | En dos pagos |
| Base de cálculo | Salario ordinario, sin bonificación incentivo | Salario ordinario, sin bonificación incentivo |
Como puedes notar, los períodos están desfasados seis meses. Por eso, cuando alguien sale de la empresa, es normal que reciba un proporcional alto de una prestación y bajo de la otra, dependiendo del mes exacto de la salida.
El Bono 14 dentro de la liquidación
Al terminar la relación laboral, el Bono 14 proporcional debe aparecer como un renglón independiente en el finiquito. No se pierde al renunciar ni cuando el despido es justificado: es una prestación irrenunciable que remunera tiempo ya trabajado.
Hay un detalle técnico que vale la pena conocer: en la fórmula que el Ministerio de Trabajo publica para la indemnización por despido, el salario se multiplica por 14 y se divide entre 12. Ese multiplicador 14 existe precisamente para incorporar el aguinaldo y el Bono 14 al salario de referencia de la indemnización. No se trata de un doble pago; son dos cálculos distintos que conviven en la misma liquidación.
Antes de firmar cualquier documento, revisa que en el desglose aparezcan por separado el aguinaldo proporcional y el Bono 14 proporcional, con los días de cada período claramente identificados.
Preguntas frecuentes
¿El Bono 14 se pierde si me despiden con causa justificada?
No. El Bono 14 proporcional remunera tiempo ya trabajado y es irrenunciable, por lo que se paga aunque el despido haya sido justificado o el trabajador haya renunciado.
¿El Bono 14 está afecto al IGSS o al ISR?
No está afecto a la cuota laboral del IGSS. En materia de Impuesto Sobre la Renta se exonera hasta el equivalente al cien por ciento del salario ordinario mensual; el excedente se considera renta afecta.
Empecé a trabajar en enero. ¿Me toca Bono 14 completo en julio?
No. Te corresponde el proporcional contado desde tu fecha de ingreso hasta el 30 de junio, aplicando la fórmula de días laborados sobre 365.
¿Puede la empresa pagar el Bono 14 en cuotas?
La ley establece el pago en una sola exhibición durante la primera quincena de julio. Fraccionarlo sin acuerdo que mejore la condición del trabajador puede ser objeto de denuncia ante la Inspección General de Trabajo.
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